Perú: Se inicia inscripción de las COOPAC en el Registro Nacional
La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) desde el día de hoy puso a disposición de las cooperativas de ahorro y crédito (COOPAC) la plataforma virtual por la cual pueden inscribirse en el Registro Nacional de COOPAC. Como se recuerda con la entrada en vigencia del nuevo marco legal para las COOPAC, estas serán supervisadas por la SBS, norma que también ha establecido entre otros, la obligatoriedad de inscribirse en el Registro Nacional de COOPAC a cargo de la SBS.
Las COOPAC que se constituyan después del 1 de enero del 2019 deben solicitar su inscripción en el Registro Nacional de COOPAC, dentro de los 20 días hábiles siguientes a su inscripción en registros públicos. Mientras que para las COOPAC que se constituyeron antes de dicha fecha, tiene plazo hasta el 1 de abril del 2019, plazo que no podrá ser ampliado, en virtud a que se requiere de otra ley para su prorroga.
El procedimiento que ha diseñado la SBS para el registro de las COOPAC, es muy sencillo, ágil y de fácil acceso y se puede hacer por internet desde cualquier parte del país o del mundo, no siendo necesario presentar documentos en mesa de partes de la SBS, incluso no se requiere adjuntar documentación pública, como son los poderes y/o su vigencia, tan solo se debe proporcionar el número de la partida registral respectiva, la SBS se encuentra interconectado con otras entidades del Estado para validar u obtener dicho documento.
Los pasos que se deben seguir para inscribirse en el Registro Nacional de COOPAC, son las siguientes:
- Creación de usuario: El representante legal creará una cuenta de usuario de la COOPAC o Central consignan su RUC, e indicará su correo electrónico al cual se le notificará la decisión de inscripción o, de ser el caso, las observaciones a subsanar. (Para crear cuenta usuario hacer click aquí).
- Ingreso de información: El represente deberá completar y enviar los datos requeridos en el formulario virtual, que contiene los requisitos mínimos establecidos en el Reglamento. La información consignada tendrá carácter de declaración jurada.
- Evaluación y notificación: Una vez que el representante complete el formulario, la SBS evaluará que la solicitud cumpla con los requisitos establecidos y, de ser el caso, comunicará observaciones para su subsanación, o la aceptación o denegación de la inscripción solicitada.
Inscrita en el Registro Nacional de COOPAC, la cooperativa es clasificada como COOPAC de nivel 1, nivel 2 o nivel 3 e ingresando con ello al ámbito de supervisión de la SBS.
Para facilitar el proceso de inscripción de las COOPAC en el Registro, la SBS ha preparado el siguiente vídeo tutorial:
Además de una Guía de usuario del Sistema de Registro de Cooperativas de Ahorro y Crédito y
Centrales de Cooperativas de Ahorro y Crédito, para acceder a dicha información haga click aquí.
Para acceder a toda la información relacionada a la inscripción en el Registro y las normas legales vigentes de las COOPAC en la SBS, haga click aquí.
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