Perú: Gobierno aprueba garantías por S/ 2,000 millones y facilidades crediticias para las Mype frente al Fenómeno del Niño


Lima, 31 de octubre de 2026.- El Gobierno aprobó un conjunto de medidas extraordinarias para proteger a las micro y pequeñas empresas (MYPE) frente a los efectos del Fenómeno El Niño 2026-2027, mediante el Decreto de Urgencia N.° 015-2026, publicado en el diario oficial El Peruano.

La norma contempla garantías crediticias por hasta S/ 2,000 millones a través del Fondo CRECER, así como facilidades para reprogramar créditos y ampliar los plazos de pago, con el propósito de preservar la continuidad de los negocios, proteger el empleo y facilitar la recuperación de las actividades productivas.


Entre las principales medidas destacan:

1. Garantías crediticias de hasta el 95 %.

El Fondo CRECER, a través de COFIDE, podrá otorgar garantías para respaldar créditos y reprogramaciones de las MYPE. Las coberturas alcanzarán hasta el 90 % para créditos generales de hasta S/ 30,000 y hasta el 95 % para actividades agropecuarias, pesqueras y acuícolas. Para créditos de mayor monto se establecen coberturas diferenciadas de hasta el 80 % y 70 %, según corresponda.

2. Las entidades que otorgaron créditos bajo IMPULSO MYPERU califican para las nuevas medidas.

Las entidades del sistema financiero y las Cooperativas de Ahorro y Crédito (COOPAC) inscritas en el registro de la SBS que otorgaron créditos garantizados en el marco de la Ley N.° 31658, que creó el programa IMPULSO MYPERU, están comprendidas en el ámbito de aplicación del nuevo Decreto de Urgencia N.° 015-2026.

En consecuencia, podrán acogerse a las medidas excepcionales de reprogramación de dichos créditos, siempre que cumplan las condiciones establecidas en la norma. La evaluación y aprobación de las reprogramaciones estará a cargo de las propias entidades que otorgaron los financiamientos.

3. Reprogramación sin incremento de las tasas de interés.

La reprogramación no podrá implicar un aumento de la tasa de interés originalmente pactada. Incluso, las entidades financieras y cooperativas podrán acordar con sus beneficiarios una tasa menor.

4. Ampliación de los plazos de pago.

Se autoriza ampliar hasta nueve meses adicionales los plazos de los créditos en general y hasta doce meses para aquellos destinados a actividades agropecuarias, pesqueras y acuícolas.

5. Período de gracia para facilitar la recuperación económica.

Se contempla un período de gracia parcial de hasta tres meses, durante el cual los beneficiarios podrán pagar únicamente los intereses y las comisiones correspondientes.

6. Financiamiento para las entidades financieras y COOPAC.

Se autoriza al Banco de la Nación a otorgar líneas de crédito a COFIDE, con garantía del Fondo CRECER de hasta el 100 %, para financiar a las entidades del sistema financiero y las COOPAC.

Implementación y vigencia

El Ministerio de Economía y Finanzas deberá aprobar las disposiciones operativas especiales para implementar estas medidas en un plazo máximo de 30 días calendario desde la entrada en vigencia del decreto. El plazo para acogerse a las reprogramaciones de IMPULSO MYPERU vence el 30 de abril de 2027.

La aplicación de los beneficios estará sujeta al cumplimiento de los requisitos establecidos y a la evaluación de las entidades participantes. No implica condonación de deudas ni reprogramación automática de todos los créditos.

Con estas medidas, el Gobierno busca fortalecer la capacidad financiera de las MYPE, proteger sus fuentes de empleo y garantizar la continuidad de las actividades productivas, especialmente en los sectores más expuestos a los efectos del Fenómeno El Niño.

Fuente: Decreto de Urgencia N.° 015-2026, https://busquedas.elperuano.pe/dispositivo/NL/2570388-1 

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