Perú: Poder Ejecutivo observo Autógrafa de la Ley del Acto Cooperativo

El Poder Ejecutivo el día de hoy ha remitido al Congreso de la República su observación a la Autógrafa de Ley que precisa los alcances de los artículos 3º y 66º de la Ley General de Cooperativas, el mismo que es conocida como la Ley del Acto Cooperativo.

Como se recordará, el Congreso de la República, en su sesión plenaria del 14 de octubre pasado se aprobó el Proyecto de Ley 3747/2009-CR, que reconoce, en su primer artículo, que entre el socio y su cooperativa, no se realizan actos mercantiles, sino Actos Cooperativos, el mismo que se realizan internamente entre las cooperativas y sus socios en cumplimiento de su objeto social, los cuales son actos propios de un mandato con representación, éstos no tienen fines de lucro. Por ello, en los artículos 2 y 3, se reconoce que las Cooperativas se encuentran inafectas al IGV (Impuesto General a las Ventas) y al IR (Impuesto a la Renta), por las operaciones que realicen con sus socios.

Ahora el camino que le toca a los cooperativista, es que el Congreso de la República insista en la Autógrafa aprobada, de ser así automáticamente esta se convierte en Ley, a pesar de la oposición del Poder Ejecutivo, para ello se necesita como mínimo 61 votos en el Pleno del Congreso, antes deberá ser aprobada la insistencia en la Comisión de Economía y Producción.

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