Perú: Sunat critica exoneración a acto cooperativo

Tributación. Ente siempre estuvo en contra, dice representante. También asegura que pérdidas por reducción de IGV se han recuperado por importaciones.
La jefa de la Superintendencia de Administración Tributaria (Sunat), Nahil Hirsh, manifestó su desacuerdo por la aprobación en el Congreso de la República del proyecto de ley N° 3747-2009 que exonera del Impuesto a la Renta al acto cooperativo.

“El Ejecutivo había manifestado su oposición a la norma, esto es así de claro, nosotros y el Tribunal Fiscal ya habíamos dado una sentencia al respecto y la Sunat estaba en esa línea”, aseguró.

Precisó que la norma fue aprobada por insistencia del Congreso pese a la oposición de la Sunat.

En otro tema, la jefa del ente recaudador consideró que la reducción en el Impuesto General de las Ventas (IGV) se ha visto compensada por los ingresos obtenidos por el aumento de las importaciones en el pasado abril.

Agregó que durante ese mes se ha reportado el incremento de las importaciones de bienes de capital y de materias primas, repercutiendo de manera positiva en la recaudación de dicho mes. “Efectivamente hemos tenido un buen nivel de importaciones y eso permite la recuperación de los ingresos por IGV”, anunció.

Asimismo, reiteró que la recaudación tributaria se incrementa por el buen desempeño de la economía del Perú, sin importar  quién de los dos candidatos presidenciales alcance el gobierno.

Aseguró que en próximos días la Sunat dará a conocer las cifras de la recaudación tributaria.

Hirsh declaró a la prensa luego del lanzamiento del servicio virtual para facilitar el pago de los beneficios sociales de 81.000 trabajadores de hogar.

Fuente: http://www.larepublica.pe

2 comentarios:

  1. QUISIERA SABER SI LAS COOPERATIVAS CON EL ACTO COOPERATIVO PAGARAN IMPUESTOS COMO PREDIAL Y ARBITRIOS.
    COMO TAMBIEN QUE POSIBILIDADES TENDRIAMOS COMO COOPERTIVAS DE SERVICIOS BENEFICIARNOS DE LA NORMA DADA DEL "ACTO COOPERATIVO"

    GRACIAS POR SU RESPUESTA

    JONET JERI
    jonet_31@hotmail.com

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  2. Amigo Jonet, la Ley 29683, que reconoce el Acto Cooperativo, esta solo inafecta del Impuesto a la Renta y del IGV, a la operaciones entre la cooperativa y el socio. Todo tipo de cooperativa se beneficia de esta norma, por ello es urgente que cada organización efectúe un correcto planeamiento tributario.

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