España: Solo dos personas pueden formar una cooperativa

Zaragoza, 25 jun (EFE).- Sólo dos personas, y no tres como hasta ahora, podrán crear una cooperativa de trabajo asociado a partir de mañana, con la entrada en vigor de la modificación de la Ley de Cooperativas de Aragón.

Esta es una de las novedades de la nueva norma, aprobada en las Cortes aragonesas el pasado 17 de junio, tras más de diez años de vigencia de la Ley de Cooperativas, ha recordado hoy la Federación Aragonesa de Cooperativas de Trabajo Asociado (FACTA).

Los objetivos que han inspirado la nueva redacción de la Ley son, entre otros, dotar a este tipo de sociedades de mecanismos de actuación más ágiles y modernos que les permitan competir en igualdad de condiciones con el resto de formas societarias.

Asimismo, adaptar su régimen contable al nuevo sistema de contabilidad armonizado internacionalmente sobre la base de la normativa de la Unión Europea e introducir diversas modificaciones de carácter sectorial, en el ámbito de las cooperativas de trabajo, de las cooperativas agrarias y de las cooperativas de viviendas.

En cuanto a las cooperativas de trabajo, se autoriza la posibilidad de constituirse con dos socios, con la nueva figura "Pequeña empresa Cooperativa", que durante los primeros cinco años podrán contratar hasta a cinco trabajadores.

Su finalidad, ha destacado FACTA, es "fomentar la constitución de cooperativas de trabajadores como instrumento adecuado para dinamizar la actividad económica a través de esta modalidad de empresa de economía social, al igual que ya se viene haciendo en otras comunidades autónomas".

Cabe destacar también la creación de una nueva clase de cooperativa, la "De trabajo asociado de transporte", para atender las necesidades concretas de este sector específico, que permite otorgar un cierto grado de autonomía económica a los distintos socios que la integran, que en muchos casos aportan al capital y a la actividad de la sociedad su vehículo de transporte.

Se actualizan y modifican puntualmente otros aspectos concretos, como el régimen jurídico del periodo de prueba, la cotización a la Seguridad Social, el acceso a la condición de socio trabajador desde la situación de trabajador contratado o el concepto de centro trabajo subordinado o accesorio.

La nueva ley fija un capital social mínimo para constituir una cooperativa de 3.000 euros, admite la posibilidad de que adquiera en cartera participaciones sociales.

Todas las cooperativas podrán realizar otras actividades "cooperativizadas" al servicio de sus socios o familiares, ajustándose a las normas correspondientes a la actividad desarrollada. EFE

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